La reforma impositiva de los planes de pensiones hará que muchos ciudadanos canalicen sus ahorros por otras vías.
Los Presupuestos Generales del Estado para 2021 están ya en vigor. Por lo tanto, ya es efectivo que, a partir de este año, salvo en Navarra y País Vasco —tienen su propia normativa al respecto—, el límite de aportaciones a planes de pensiones individuales se establece en 2.000 euros anuales (8.000 en 2020), siempre y cuando no se supere el 30% de los rendimientos netos del trabajo (igual que hasta ahora). Además, las aportaciones a planes de pensiones a favor del cónyuge tienen un nuevo tope de 1.000 euros (2.500 en 2020). A planes de empleo se podrán destinar hasta 8.000 euros (límite conjunto de 10.000 euros).
Este hecho, por un lado, obligará a los ahorradores a reformular al menos en parte su ahorro a largo plazo y, por otro, a las entidades a ofrecer una más amplia y diversificada gama de otros instrumentos financieros orientados a la planificación y jubilación.
Desde Antonio del Barco – Asesoría Financiera creemos que la mejor opción para este ahorro “sobrante” es canalizarlo por otras vías como pueden ser los Fondos de Inversión, PIAS, Unit Linked,… Respecto a estos instrumentos de ahorro es verdad que no poseen las ventajas fiscales que tienen los planes de pensiones cuando se realizan las aportaciones pero a la hora de su disposición en el futuro son mucho más líquidos y tienen mejores ventajas fiscales en el rescate. Otra buena opción seguirán siendo, dadas sus ventajas fiscales en las aportaciones, los planes de pensiones, aunque en la modalidad de empleo. Sin embargo, de que más allá de las grandes corporaciones no son muchas las empresas que se los ofrecen a sus trabajadores.
Hablemos de los PIAS:
Estos planes individuales de ahorro sistemático permiten realizar aportaciones de hasta 8.000 euros anuales durante un máximo de 30 años (límite total 240.000 euros) y, al recuperar el ahorro no se tributa por las ganancias obtenidas si el capital se recupera llegada la jubilación y en forma de renta vitalicia. En cualquier caso si se quisiera hacer disposición del ahorro antes de la jubilación existe total libertad al ser un instrumento líquido y la tributación a Haciendo sería sólo por las ganancias obtenidas y no por lo aportado a diferencia de los planes de pensiones que se tributa por todo el conjunto. Estos instrumentos de ahorro pueden ser garantizados (donde la rentabilidad obtenida es baja) o pueden estar ligados a fondos de inversión.
Existe también la modalidad de Unit Linked (por otra parte muy habitual y la más demandada en nuestro Despacho) el cual tendría las mismas características que lo mencionado anteriormente incluyendo que se complementan con un seguro de vida y su modalidad es siempre ligada a fondos de inversión.
Hablemos de los Fondos de Inversión:
Antes de nada me gustaría resaltar un detalle: Los Fondos de Inversión siempre están asociados a riesgo y ¡NO TODOS LOS FONDOS DE INVERSIÓN INVIERTEN EN RIESGO! Existen infinidad de gamas de fondos para adaptarse a todos los perfiles de los clientes. Estos instrumentos de ahorro son muy variados, carecen de limitaciones en su volumen de aportaciones, permiten el cambio de unos a otros sin tributación y ésta última es relativamente ventajosa al igual que en los PIAS.
Desde nuestro Despacho te animamos a romper todos los prejuicios y barreras establecidas “históricamente” respecto a otras opciones de planificar tu economía que tenemos inculcadas en la que sólo se contempla los Planes de Pensiones, Depósitos y Cuentas de Ahorro (que por otra parte, con estos dos últimos, la posibilidad de obtener un rendimiento es prácticamente nula a día de hoy) como método de ahorro.
Para cada cliente hay una opción acorde a sus necesidades y nosotros podemos estudiarte cualquiera de ellas.
“No podemos decidir por ti pero si podemos acompañarte a tomar la mejor decisión“
TRANSPARENCIA, TRANQUILIDAD Y SEGURIDAD PARA PARTICULARES Y EMPRESAS